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Accidentes o enfermedades

Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP)

Permite presentar una Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), con la que un trabajador protegido por el ISL puede acceder a prestaciones médicas cubiertas por la Ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

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Descripción

Permite presentar una Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), con la que un trabajador protegido por el Instituto de Seguridad Laboral puede acceder a prestaciones médicas cubiertas por la Ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Detalles

Si usted es trabajador/a dependiente o trabajador/a independiente puede realizar este trámite de manera digital en Oficina Virtual. También puede realizarlo de manera presencial completando y firmando el Formulario de Denuncia Individual de Enfermedad Profesional y luego entregarlo en el Instituto de Seguridad Laboral.

El empleador, trabajador/a  siniestrado/a o cualquier persona que tenga conocimiento de la enfermedad presumiblemente laboral, puede entregar firmado el Formulario de Denuncia Individual de Enfermedad Profesional en el Instituto de Seguridad Laboral de manera presencial.

¿A quién está dirigido?

Todo trabajador protegido por el Instituto de Seguridad Laboral que sufra de una enfermedad profesional, a causa del ejercicio de la profesión o el trabajo que realiza.

Los trabajadores protegidos al ISL son:

  • Los trabajadores dependientes (con contrato de trabajo) de entidades empleadoras adheridas al ISL.
  • Los trabajadores independientes voluntarios (previamente registrados) que cotizan en el ISL por la Ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
  • Los trabajadores independientes operación renta que cotizan en el ISL por la Ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
  • Los funcionarios públicos cuyos servicios estén adheridos al ISL.

Importante

En el caso de los trabajadores dependientes, el responsable de realizar este trámite es el empleador o empleadora. Sin embargo, puede ser realizado por el trabajador o trabajadora o bien por un tercero que tenga conocimiento de la enfermedad profesional.

¿Cuáles son los documentos requeridos?
  • Formulario de Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), completado por el empleador/a, trabajador/a o por quien tenga conocimiento de la enfermedad profesional.
  • Antecedentes complementarios: contrato de trabajo, certificados médicos, entre otros que serán oportunamente requeridos por el Instituto de Seguridad Laboral.

Importante:

El empleador deberá presentar la denuncia de enfermedad ante el organismo administrador en un plazo máximo de 24 horas, inmediatamente de conocido el hecho; sin embargo, la denuncia hecha fuera del plazo por el empleador o empleadora no priva al trabajador o trabajadora de los beneficios de la ley.

En caso de  enfermedad,  el empleador aportar la información necesaria (por ejemplo contrato de trabajo) y deberá dar las facilidades para evaluar las condiciones de trabajo, ya sea mediante la realización de entrevistas a otros trabajadores, asistencia de un profesional encomendado por este Instituto para realizar evaluaciones en terreno, entre otras.

¿Cómo y dónde hago el trámite?